Los encuentros entre los Presidentes Alan García y Michelle Bachelet en Santiago y Lima, han permitido desarrollar aspectos dirigidos a producir un avance sustantivo en la cooperación e integración económica – comercial. El intercambio comercial entre el Perú y Chile se ha incrementado notoriamente desde la entrada en vigencia del Acuerdo de Complementación Económica Nº 38.Con la puesta en marcha del programa de desgravación estipulado en el Acuerdo (actualmente más del 80% del total del intercambio comercial goza de arancel cero), se ha logrado que nuestras exportaciones a Chile se incrementen significativamente, con la consecuente caída del déficit que mostraba la balanza comercial en los últimos años. Informes de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y el gremio de Exportadores - ADEX. Durante el año 2007, el monto de las exportaciones peruanas ascendió a US$ 1,684 millones y el de las importaciones a US$ 881 millones. Estos montos otorgaron al Perú un superávit comercial de US$ 882 millones.
Intercambio Comercial Peruano-Chileno (2000–2007) En millones de US$ FOB
Principales exportaciones del Perú a Chile (Miles de US$)
Principales exportaciones de Chile al Perú (Miles de US$)
Otros acuerdos que regulan el intercambio comercial:
• Convenio sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones.
El Convenio fue firmado en febrero de 2000 y entró en vigencia el 2 de agosto de 2001. Su objetivo es la intensificación de la cooperación económica, creando y manteniendo condiciones favorables a las inversiones que se realicen en el territorio de la otra parte y que impliquen transferencia de capitales.
• Convenio para Evitar la Doble Tributación y prevenir la evasión fiscal
Suscrito por los Ministros de Economía de ambos países el 8 de junio de 2001 en Santiago de Chile. Tiene como objetivo evitar que cualquier empresa de uno de los dos países contratantes sea gravada con el impuesto a la renta dos veces por una misma operación, tanto en su país de origen como en el país contratante. El Convenio genera la obligación de ambas administraciones tributarias de compartir información que permita detectar posibles casos de evasión fiscal.
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